AYUDA Y SUBVENCIONES
Ámbito: Municipal
| AYUDA | BENEFICIARIOS | DESCRIPCIÓN | PLAZO | SOLICITUDES |
| AYO. MADRID Plan Adapta 2026 | -Personas con discapacidad o enfermedad rara residentes en el municipio de Madrid. -Propietarios, arrendatarios, usufructuarios de locales situados en planta baja o primera de edificios de uso residencial. -Comunidades de propietarios de edificio residencial. |
-Adaptación de baños y cocinas. -Adecuación vivienda para circulación interior. -Instalación de elementos de apoyo, ayudas técnicas y domótica. -Actuaciones de accesibilidad en portales, accesos y elementos comunes. -Eliminación de barreras arquitectónicas y sensoriales en locales. |
Del 28/04/2026 al 27/07/2026 | POR EL INTERESADO Preferentemente de forma telemática. procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. Por orden de registro |
| AYO. ALCOBENDAS Adaptación y accesibilidad de viviendas de personas mayores y/o pensionistas 2026 | Personas mayores de 70 años o menores con grado de dependencia empadronadas en el municipio y en la vivienda objeto de actuación al menos 1 año. | -Adaptación de la vivienda habitual para eliminar obstáculos a la movilidad. -Adquisición de productos de apoyo para la movilidad. |
Del 27/04/2026 al 18/05/2026 | POR EL INTERESADO. De forma telemática. régimen de concurrencia competitiva (con baremación) |
| AYTO. MADRID Plan Cambia 360 |
Comunidades de propietarios, propietarios o arrendatarios de edificios residenciales o garajes comunitarios. Concesionarios de aparcamientos PAR | -Sustitución de calderas de gasoil -Puntos de recarga vehículos eléctricos -Ayudas a la movilidad (compra vehículos eléctrico o híbrido, distribución mercancías, taxis, autobuses) |
Según programas. Ver en más información | Según programas. Ver en más información |
| AYTO. ALCORCÓN Mejora de condiciones de habitabilidad vivienda de mayores y/o con discapacidad | Empadronados en el municipio que cumplan los requisitos de renta, grados de discapacidad y mayores de 65 años según convocatoria. | Adaptación y pequeñas reformas en la vivienda habitual para eliminar obstáculos de barreras aquitectónicas y mejora de la movilidad interior. | Del 20/03/2026 al 19/05/2026 | POR EL INTERESADO De forma telemática. Régimen de concurrencia competitiva (con baremación). |
| AYTO. ALCORCÓN Instalaciones fotovoltaica, aerotermica y vehículo eléctrico | Personas físicas empadronadas en Alcorcón. Autónomo o microempresas con actividad económica dada de alta en el municipio. | Ayudas a instalaciones de fotovoltaica y sustitución de climatización y ACS por aerotermia en edificios de uso residencial y de equipamiento dotacional y/o deportivo; instalaciones de fotovoltaica de comunidades energéticas locales y compra de vehículo eléctrico. | Del 28/02/2026 al 31/07/2026 | POR EL INTERESADO. Régimen de pública concurrencia. Por orden registro. |
| AYTO. ALCALÁ DE HENARES Promoción de la autonomía personal | Empadronados en el municipio que cumplan los requisitos de renta, grados o situaciones de discapacidad o dependencia y mayores de 75 años según convocatoria. | -Adaptación de la vivienda habitual para eliminar obstáculos a la movilidad, comunicación y relación con el entorno. -Adquisición de productos de apoyo para actividades doméstica, cuidado, protección personal y movilidad. |
Del 13/03/2026 al 31/07/2026 | POR EL INTERESADO De forma telemática. Régimen de concurrencia competitiva (con baremación). |
| AYTO. GETAFE Mejora eficiencia energética de comercios y hostelería | Autónomo, Micropymes, Galerías comerciales, con domicilio fiscal en el municipio. Superficie local destinado a uso mayor 200 m2. | Adecuación reglamento Verifactu Mejora Eficiencia Energética Accesibilidad en galerías Adaptación normativa vigente instalaciones generales Otros |
Del 29/01/2026 al 30/06/2026 | POR EL INTERESADO. Régimen de concurrencia competitiva (por fecha registro). |
Actualidad
Plan Adapta Madrid 2026 – Convocatoria de ayudas

Decreto de 17 de abril de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones 2026 con destino a actuaciones de adaptación de viviendas para personas con discapacidad y enfermedades raras y de accesibilidad en locales y elementos comunes de edificios residenciales en la ciudad de Madrid, “Plan Adapta Madrid 2026”.
Convocatoria publicada en el BOCM nº 98 (27/04/2026)
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 28 de abril de 2026 y finalizará el 27 de julio de 2026, ambos inclusive.
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la convocatoria 2026 del Plan Adapta Madrid, un programa de subvenciones destinado a mejorar la accesibilidad y adaptar viviendas, locales y elementos comunes de edificios residenciales en los que residan personas con discapacidad o enfermedades raras.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
• Personas con discapacidad que residan de manera habitual y permanente en una vivienda del municipio de Madrid, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
• Personas con enfermedades raras que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
• Propietarios, arrendatarios, usufructuarios de locales situados en planta baja o primera de edificios de uso residencial.
• Comunidades de propietarios para actuaciones en elementos comunes de edificios residenciales donde resida al menos una persona con discapacidad o enfermedad rara.
En todos los casos, las viviendas deberán constituir la residencia habitual de la persona beneficiaria y cumplir los requisitos de empadronamiento y antigüedad establecidos (octubre 2025)
¿Qué actuaciones se subvencionan?
El Plan Adapta Madrid 2026 financia actuaciones destinadas a eliminar barreras arquitectónicas y sensoriales y a mejorar la autonomía y seguridad en el entorno doméstico. Entre otras, se incluyen las siguientes actuaciones:
• Adaptación de baños y cocinas.
• Adecuación de puertas, pasillos y espacios de circulación interior.
• Mejora de pavimentos, incluyendo como novedad el pavimento podotáctil.
• Instalación de elementos de apoyo, ayudas técnicas y domótica.
• Actuaciones de accesibilidad en portales, accesos y elementos comunes.
• Eliminación de barreras arquitectónicas y sensoriales en locales ubicados en edificios residenciales.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
|
Línea |
Actuación subvencionable |
Cuantía máxima |
Porcentaje de subvención |
|
A |
Adaptación de viviendas para personas con discapacidad |
• Hasta 14.000 € (discapacidad ≥ 33 % y < 65 %) |
• 50 % (≥ 33 % y < 65 %) |
|
B |
Accesibilidad en locales |
• Hasta 20.000 € por local |
• 70 % |
|
C |
Adaptación de viviendas para personas con enfermedades raras |
• Hasta 25.000 € por vivienda |
• 70 % |
|
D |
Accesibilidad en elementos comunes de edificios residenciales |
• Hasta 20.000 € por edificio |
• 75 % |
Presupuesto total destinado
La convocatoria del Plan Adapta Madrid 2026 cuenta con una dotación presupuestaria total de 4 millones de euros, con cargo al presupuesto municipal.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 28 de abril de 2026 y finalizará el 27 de julio de 2026, ambos inclusive.
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
Serán subvencionables las actuaciones no iniciadas, en ejecución en el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones, o ya finalizadas durante los años 2025 y 2026, siempre que cuenten con el correspondiente título habilitante urbanístico, cuando fuera necesario
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud de las ayudas del Plan Adapta Madrid 2026 deberá presentarse preferentemente de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración podrán presentarla también por los medios previstos en la normativa administrativa vigente.
¿Dónde obtener más información?
Puedes encontrar toda la información actualizada sobre la convocatoria, requisitos, documentación y tramitación del Plan Adapta Madrid 2026 en https://transforma.madrid.es/adapta/
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcobendas: Ayudas para la adaptación y accesibilidad de viviendas de personas mayores y/o pensionistas 2026

El Ayuntamiento de Alcobendas convoca por finalidad otorgar a personas mayores y/o pensionistas residentes en Alcobendas, para la adaptación del domicilio habitual, que les facilite la realización de actividades de la vida diaria, aseo o deambulación, con elementos de apoyo.
Ayuntamiento de Alcobendas - Convocatoria publicada en el BOCM nº 96 (24/04/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 27/04/2026 y cierre del plazo el 18/05/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas:
• Personas físicas mayores de 70 años empadronadas en el municipio y en la vivienda objeto de actuación al menos 1 año.
• Personas físicas menores de 70 años con Grado de dependencia empadronadas en el municipio al menos 1 año.
Deberán cumplir además otros requisitos económicos, de empadronamiento, fechas de actuaciones y otras exigencias según convocatoria.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Pequeñas reformas y acondicionamiento de la vivienda habitual como sustitución de bañeras por platos de ducha, sustitución de grifos por monomandos, …
• Instalación de elementos de apoyo para la movilidad como apoyos y asideros
• Accesibilidad en el interior de la vivienda como pasamanos, elevadores de escalera
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía de ayuda será de un máximo de 2.000 € por solicitante.
El crédito presupuestario asciende a 30.000 €.
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva (con baremación)
Son compatibles con cualquier ayuda de otra Administración para la misma finalidad. No obstante, la suma de todas ellas no podrá superar el coste de la actuación
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
La presentación se realizará de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcobendas, seleccionando “Ayudas Accesibilidad” en el apartado “Ayudas y subvenciones”.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Reunión informativa: lunes 28 de abril, a las 13 h, en el Centro de Mayores Pedro González Guerra (C/Orense, 5)
Convocatoria
Bases Reguladoras
Solicitud
AYUDA Y SUBVENCIONES
Ámbito: Comunidad de Madrid
| AYUDA | BENEFICIARIOS | DESCRIPCIÓN | PLAZO | SOLICITUDES |
| Fomento de la autonomía personal y promoción de la accesibilidad 2026 | Empadronados en el municipio que cumplan los requisitos de renta y grado de discapacidad según convocatoria | -Ayudas para formento de la autonomía personal tales como productos de apoyo, plataformas o salvaescaleras -Ayudas a la movilidad como desplazamientos en taxi, compra de scooter elétricoo adapatcón de vehículos a motor |
Del 07/04/2026 al 2704/2026 | POR EL INTERESADO De forma telemática. Régimen de concurrencia competitiva (con baremación) |
Actualidad
Comunidad de Madrid: Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad de personas con discapacidad (2026)

La Comunidad de Madrid convoca ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social para el año 2026.
Comunidad de Madrid – Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales - Convocatoria publicada en el BOCM nº 80 (06/04/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 07/04/2026 y cierre del plazo el 27/04/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas físicas que cumplan todos los siguientes requisitos:
• Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%
• Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de un año
• Tener menos de 65 años
• Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social
• Relación directa entre la ayuda a solicita y la discapacidad reconocida
• No superar un determinado límite de ingresos familiares según convocatoria
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Actuaciones dirigidas al fomento de la autonomía personal y mejora de la accesibilidad y movilidad de personas con discapacidad, tales como:
• Ayudas para productos de apoyo como ordenadores, comunicadores, dispositivos de comunicación alternativa y aumentativa, audífonos, sistemas luminosos, camas articuladas y accesorios, elevadores de bañeras y similares, plataformas o salvaescaleras, lupas gafas o dispositivos digitales parlantes.
• Ayuda para desplazamientos en taxi, compra de scooters eléctrico o sillas de ruedas con motor o adaptación de vehículos a motor o sus barreras de accesibilidad
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
• Hasta un máximo de 1.375€ anuales para desplazamientos en taxi
• 700 € para scooters eléctricos
• Hasta 1.000 € para adaptación de vehículos
• Hasta 3.000 € para plataformas o salvaescaleras
• Otras en función del apoyo concreto a subvencionar
• Hasta agotar fondos. (350.000 €)
• Concesión de ayudas en régimen simplificado de concurrencia competitiva (por fecha de registro)
• Ayudas compatibles con otras ayudas similares de otros organismos públicos. La ayuda no podrá superar el costo real de la actuación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Gastos realizados desde 15/04/2025 hasta fin del año 2026.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid es de 15 días hábiles.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Villaviciosa de Odón: Mejora de las condiciones de habitabilidad 2026

El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón convoca ayudas económicas complementarias para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores y/o personas con discapacidad para el año 2026.
Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón – Área de Servicios Sociales y Mayores - Convocatoria publicada en el BOCM nº 73 (27/03/2026)
Hasta un máximo de 1.200,00 € ampliable a 2.000,00 € en casos de situaciones especiales que requieran mayor inversión.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Personas físicas con grados de discapacidad igual o superior al 65% y afectados de movilidad reducida
• Personas físicas mayor de 65 años y que cuenten con una discapacidad funcional permanente
Deberán cumplir determinados requisitos que se definen en la convocatoria cuyo enlace se encuentra al pie del artículo. Entre otros deberán cumplir:
• Estar empadronado en la vivienda ubicada en el municipio de Alcalá de Henares para la que se solicita ayuda.
• La persona solicitante, o uno de los miembros de la unidad convivencial deberá ser el propietario / copropietario de la vivienda o ser arrendatario al menos en los últimos 10 años.
• Cumplir determinados requisitos económicos
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad, seguridad y condiciones básicas de habitabilidad de la vivienda habitual, tales como:
• Adaptación de baños
• Eliminación de barreras arquitectónicas
• Adecuación de accesos interiores
• Mejoras higiénico-sanitarias
• Adaptaciones derivadas de la discapacidad o dependencia
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
• Hasta un máximo de 1.200,00 € ampliable a 2.000,00 € en casos de situaciones especiales que requieran mayor inversión.
• Hasta agotar fondos. (15.000 €)
• Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva (baremada)
• La ayuda no podrá superar el costo real de la actuación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Los gastos subvencionables deberán estar realizados entre el 1 de enero al 30 de octubre del 2026.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid es de 15 días naturales.
Apertura de presentación de solicitudes el 28/03/2026 y cierre del plazo el 12/04/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid: https://www.bocm.es/bocm-20260327-64
Actualidad
Alerta campaña fraudulenta de correos electrónicos

El Instituto Nacional de Ciberseguridad, a través de su página web oficial, está advirtiendo de una campaña fraudulenta de correos electrónicos que suplanta la identidad de “Mi Carpeta Ciudadana”, un servicio digital del Gobierno de España que te permite ver y gestionar toda tu información y trámites administrativos en un solo lugar.
Mi Carpeta Ciudadana no está enviando notificaciones a los ciudadanos para recibir un ingreso de 552,97€
El correo simula una notificación oficial para comunicar al usuario que “se ha generado a su favor un ingreso por importe de 552,97€”.
De este estilo:
Este fraude lo que busca realmente es recopilar información personal y bancaria de los usuarios que han recibido dicha notificación.
Si has recibido la notificación y no has accedido al enlace, te agradecemos que lo reportes al buzón del Instituto Nacional de Ciberseguridad de incidentes, tu colaboración puede ayudarnos a identificar nuevas campañas y proteger a otros usuarios. Además, te recomendamos bloquear al remitente y eliminar la notificación.
Recuerda que siempre puedes llamar al número de Ayuda en Ciberseguridad, 017 si tienes dudas.
En el caso de que hayas accedido al enlace y proporcionado tus datos personales y/o bancarios, sigue estos pasos cuanto antes:
• Contacta lo antes posible con tu entidad bancaria para informar de lo sucedido.
• Guarda todas las capturas y evidencias posibles. Para darles mayor validez, puedes utilizar el servicio de testigos online.
• Presenta una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, apoyándote para ello en las evidencias que has recopilado del fraude.
• Realiza egosurfing periódicamente para comprobar si tus datos personales se han visto filtrados en la Red y están siendo utilizados sin tu consentimiento.
SE RECUERDA que para cualquier gestión en un organismo público necesitarás identificarte con el DNI electrónico, el certificado digital o el sistema Cl@ve. En caso de que accedas a una supuesta web oficial de la administración pública y no te soliciten dicha identificación para la realización de gestiones, es posible que estés accediendo a un sitio fraudulento.
Actualidad
Ayuntamiento Madrid: concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la industria y servicios conexos a la industria de la ciudad de Madrid para la anualidad 2026

El Ayuntamiento de Madrid abre el plazo de presentación de solicitudes para ayudas para pymes que mejoren la eficiencia energética, renovables, iluminación y climatización eficiente, entre otras actuaciones.
Ayuntamiento de Madrid: Convocatoria publicada en el BOCM nº 67 (20/03/2026) y bases en el BOAM nº 10090 (20/03/2026)
Del 23/03/2026 hasta 21/04/2026, ambos incluidos
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden solicitar estas ayudas las pymes industriales o servindustriales con domicilio fiscal y centro productivo en Madrid, con actividad industrial incluida en CNAE permitido para cada una de las líneas de ayuda, que cumplan requisitos legales y estén al corriente de obligaciones.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Digitalización: e-commerce, ERP, CRM, BI, IA, ciberseguridad.
• Producción sostenible: eficiencia energética, renovables, iluminación, climatización eficiente.
• Mejora productiva Industria 4.0: maquinaria productiva, robótica, software ligado a producción.
• I+D+i Prototipos: desarrollo de prototipos físicos, moldes, ensayos, homologaciones.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Entre el 50% y el 100% de la inversión según línea y tamaño de empresa.
Límites:
• Digitalización 10.000 €,
• Producción sostenible 20.000 €,
• Mejora productiva 60.000 €,
• I+D+i 40.000 €.
¿Cuál es el procedimiento de concesión?
Hasta agotar fondos o hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Concesión de ayudas por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva (por orden de registro).
Presupuesto total destinado
2.850.000 € + 1.150.000 € adicionales condicionados.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
Del 23/03/2026 hasta 21/04/2026, ambos incluidos.
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
Serán subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios desde el 1 de mayo del año 2025 hasta el 30 de abril del año 2026.
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Hasta el 15 de septiembre de 2026.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
• Página web del Ayuntamiento de Madrid
• Bases de la convocatoria publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
• Hacienda
• Extracto de la convocatoria pública en el Boletín de la Comunidad de Madrid
• Descarga de las Bases reguladoras
Actualidad
Plan de Ayudas del Ayuntamiento Madrid cambia 360: 7 Líneas de Actuación: puntos de recarga en aparcamientos, sustitución de calderas de gasóleo en comunidades y otras para vehículos particulares, micro-movilidad, distribución de mercancías, taxis y achatarramiento de autobuses

El Ayuntamiento de Madrid activa una nueva edición de las Ayudas Cambia 360 para fomentar la movilidad sostenible y la eficiencia energética, con siete líneas de subvención que abarcan desde la renovación de vehículos particulares y de taxi hasta la sustitución de calderas, pasando por la distribución urbana de mercancías, las infraestructuras de recarga eléctrica, la micromovilidad y el achatarramiento de autobuses. Tres de las líneas han sido aprobadas por la Junta de Gobierno, mientras que las otras cuatro se articulan mediante decretos. El crédito total disponible asciende a 23,3 millones de euros.
Ayuntamiento de Madrid - Convocatorias publicadas en el BOCM nº 66 (19/03/2026) y en el BOAM nº 10.089 (19/03/2026)
Renovación de instalaciones térmicas de gasóleo con tecnologías menos contaminantes. Instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
A continuación, resumimos la información más relevante centrándonos en lo que afecta a edificios, viviendas y garajes:
• Renovación de instalaciones térmicas de gasóleo con tecnologías menos contaminantes.
• La instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
• Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): comunidades de propietarios con dos o más viviendas; personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes propietarias o arrendatarias de fincas con dos o más viviendas o edificios de viviendas, y edificios del sector terciario.
• Infraestructura de recarga en garajes: titulares de concesiones de aparcamientos PAR y comunidades de propietarios con garajes colectivos.
¿Quién debe formular la solicitud de ayuda?
• Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): Los interesados podrán presentar su solicitud a través de una empresa instaladora adherida, gestionar la solicitud directamente o bien a través de un representante legal.
• Infraestructura de recarga en garajes: directamente de manera electrónica.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Sustitución de calderas de gasóleo por sistemas térmicos menos contaminantes en edificios residenciales y terciarios.
• Instalación o preinstalación de infraestructura de recarga en aparcamientos PAR municipal y garajes comunitarios privados.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
• Instalaciones térmicas: Se concederán ayudas de hasta un límite de 5.000 euros por vivienda en comunidades de propietarios para sistemas de climatización híbridos y renovables. Cuando sea para uso terciario, la subvención llegará hasta el 35 % del coste.
• Infraestructura de recarga: 90% del coste subvencionable en PAR y 65% en garajes comunitarios.
¿Cuál es el procedimiento de concesión?
Hasta agotar fondos o hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Concesión de ayudas por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva (por orden de registro).
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el 90% del coste de la actuación, IVA excluido.
Para la infraestructura de recarga de vehículos, los solicitantes que desarrollen una actividad económica estarán sujetos a los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimos.
Imagen tomada de la página web del Ayuntamiento de Madrid
Presupuesto total destinado
• Instalaciones térmicas: 1.800.000 €, ampliables en 900.000 €.
• Infraestructura de recarga: 1.000.000 €, ampliables a 2.000.000 €.
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
• Instalaciones térmicas: Realizar la renovación en el período subvencionable comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
• Infraestructura de recarga: finalización de la ejecución de las actuaciones dentro de los nueve siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria.
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
• Instalaciones térmicas: hasta el 1 de febrero de 2027.
• Infraestructura de recarga: en un plazo: máximo de tres meses desde la conclusión del plazo para la finalización de la ejecución.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
• Instalaciones térmicas: del 20 de abril al 13 de noviembre de 2026.
• Infraestructura de recarga: del 20 de abril al 20 de mayo de 2026.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Página web del Ayuntamiento de Madrid
Madrid360
Bases de las convocatorias del Ayuntamiento de Madrid:
• bases de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes: Infosubvenciones / Calderas y clima
• bases de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
Boletín de la Comunidad de Madrid:
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
• extracto de la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (eurotaxi)
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares
Descarga de las Bases reguladoras:
• convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes
• convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcorcón: Mejora de las condiciones de habitabilidad 2026

El Ayuntamiento de Alcorcón convoca ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores y/o con discapacidad para el año 2026.
Ayuntamiento de Alcorcón- Convocatoria publicada en el BOCM nº 67 (20/03/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 20/03/2026 y cierre del plazo el 19/05/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Personas físicas con grados de discapacidad igual o superior al 65% y afectados de movilidad reducida
• Personas físicas mayor de 65 años
Deberán cumplir determinados requisitos que se definen en la convocatoria cuyo enlace se encuentra al pie del artículo. Entre otros deberán cumplir:
• Estar empadronado en la vivienda ubicada en el municipio de Alcalá de Henares para la que se solicita ayuda.
• La persona solicitante, o uno de los miembros de la unidad convivencial deberá ser el propietario / copropietario de la vivienda o ser arrendatario al menos en los últimos 10 años.
• Cumplir determinados requisitos económicos
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Adaptaciones funcionales de la vivienda y pequeñas reformas que no supongan una mejora sustancial de la vivienda, para eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la movilidad y seguridad interior, tales como:
• Sustitución de bañera por plato de ducha.
• Instalación de agarradores, barandillas y ayudas técnicas.
• Sustitución de grifos por monomandos.
• Adaptación de baño geriátrico.
• Sustitución de calentadores o cocinas de gas por eléctricos.
• Mejoras higiénico-sanitarias básicas.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Hasta un máximo de 1.500,00 € ampliable a 2.200,00 € en casos de situaciones especiales que requieran mayor inversión.
Hasta agotar fondos. (40.000 €)
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
La ayuda no podrá superar el costo real de la actuación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Se deberá realizar la obra o la adquisición de la/s ayudas técnicas y proceder a justificar en el plazo máximo de tres meses naturales desde la concesión y cobro de la ayuda.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid es de 60 días naturales.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/20/BOCM-20260320-53.PDF
Bases reguladoras: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892610/document/1416436
FINANCIACIÓN PARA LAS OBRAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Aprobación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.
1. Con objeto de proporcionar cobertura financiera parcial para hacer frente a los gastos necesarios para llevar a cabo obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de vivienda, se autoriza al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que, mediante convenio con el Instituto de Crédito Oficial, por un plazo de hasta veinte años, se desarrolle una línea de avales que ofrezcan cobertura parcial del Estado, para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años.
Estos avales se ofrecen desde las entidades financieras en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta 15 años.
Programa ICO Vivienda y regeneración urbana y rural
Texto informativo ICO
La Oficina ha firmado un Convenio de Colaboración con la Entidad Bancaria: SABADELL
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcalá de Henares: Promoción de la autonomía personal 2026

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares convoca ayudas para promover la autonomía personal en las personas mayores, dependientes y/o con discapacidad, año 2026. Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Convocatoria publicada en el BOCM nº 60 (12/03/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 13/03/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Personas físicas con grado de dependencia reconocido.
• Personas físicas con grados de discapacidad igual o superior al 65%
• Personas físicas mayor de 75 años
Deberán cumplir determinados requisitos que se definen en la convocatoria cuyo enlace se encuentra al pie del artículo. Entre otros deberán cumplir:
• Estar empadronado en la vivienda ubicada en el municipio de Alcalá de Henares para la que se solicita ayuda, con al menos 12 meses de antelación a la solicitud de ayuda.
• La persona solicitante, o uno de los miembros de la unidad convivencial (hasta 1º grado de consanguinidad deberá ser el propietario / copropietario de la vivienda o ser arrendatario.
• Cumplir determinados requisitos económicos
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Adaptación de la vivienda habitual con carácter definitivo siempre que eliminen obstáculos a la movilidad, comunicación y relación con el entorno.
• Adquisición de productos de apoyo para actividades domésticas, cuidado y protección personal, movilidad y para comunicación y seguridad de las personas beneficiarias
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Para adaptación de la vivienda hasta un máximo de 2.000,00 €
Para ayudas técnicas hasta un máximo de 1.000,00 €
La cuantía corresponderá a la aplicación del % de ayuda hasta el máximo anteriormente indicado según baremación:
Hasta agotar fondos (65.000 €).
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva – canónica (con baremación)
Las subvenciones son compatibles con cualquiera otra ayuda de otras Administraciones para la misma finalidad.
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 31 de julio de 2026 desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Convocatoria
Bases reguladoras
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Tres Cantos: Promoción de la accesibilidad y sustitución de bañeras por platos de ducha en edificación residencial

El Ayuntamiento de Tres Cantos convoca subvención para actuaciones cuya finalidad sea la promoción de la accesibilidad, la eliminación de barreras arquitectónicas y la sustitución de bañeras por platos de ducha, en viviendas de la zona residencial del municipio.
Apertura de presentación de solicitudes el 07/03/2026 y cierre del plazo el 20/03/2026
Ayuntamiento de Tres Cantos - Convocatoria publicada en el BOCM nº 55 (06/03/2026)
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas:
• Propietarios, usufructuarios de edificios sitos en Tres Cantos.
• Comunidad de Propietarios o comunidades de bienes de edificios de vivienda colectiva sitos en Tres Cantos.
• (Para edificios de vivienda no colectivos si estos se encuentran ubicados en el caso urbano de Tres Cantos)
• Para línea2, los interesados deberán contar con discapacidad reconocida ≥ 65%
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Línea 1: Instalación de elementos técnicos y/o mecánicos tales como plataformas elevadoras, sillas salva-escaleras, construcción de rampas y otras soluciones para salvar desniveles o barreras arquitectónicas similares.
Video porteros adaptados u otros dispositivos mecánicos para mejorar la accesibilidad y suprimir de barreras de comunicación en el acceso de edificios.
• Línea 2: Sustitución de bañeras por plato de ducha
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía de ayuda será del 80% (IVA excluido) con un máximo de 7.000 € por solicitante
El crédito presupuestario asciende a 50.000 €.
40.000 € para línea 1
10.000 € para línea 2
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva (con baremación)
Las subvenciones no son compatibles por otras de la Comunidad de Madrid para el mismo objeto.
Son compatibles con cualquier ayuda de otra Administración, así como financiación cualificada en los Plantes Estatal sede vivienda y Rehabilitación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Las actuaciones deberán haberse iniciado con posterioridad a 1 de septiembre de 2024
Las actuaciones deberán estar finalizadas antes del 31 de marzo de 2026
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 31 de marzo de 2026
Apertura de presentación de solicitudes el 07/03/2026 y cierre del plazo el 20/03/2026
La presentación se realizará de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos (sede.trescantos.es), seleccionando “Ayudas Accesibilidad” en el apartado “Ayudas y subvenciones”.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Convocatoria: ENLACE
Bases Reguladoras: BB.RR.
Solicitud: Enlace a solicitud
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Getafe: Mejora de la eficiencia energética de comercios y hostelería

El Ayuntamiento de Getafe convoca ayudas para la digitalización del comercio y adecuación al reglamento Verifactu, mejorar de la eficiencia energética de locales comerciales y hosteleros de Getafe y acciones de mejora en galerías comerciales para el mantenimiento de la actividad económica y la transición.
Ayuntamiento de Getafe. Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de Getafe Iniciativas.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Personas trabajadoras por cuenta propia
- Micro pymes
- Para las Galería Comerciales estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente
Además, deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos
- Tener domicilio fiscal en Getafe o actividad desarrollada en Getafe por al menos 3 años.
- Superficie de local destinado a uso o mayor de 200 m2
- Corriente pago de obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y ayuntamiento de Getafe
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Para comercio y Hostelería:
- Adecuación al Reglamento Verifactu
- Adaptación y/o adquisición de terminales de puntos de venta con software homologado
- Mejora de la iluminación
- Sustitución de luminarias, pantallas… convencionales por iluminación LED
- Mejora de equipos de climatización, refrigeración, congeladores…
- Renovación de equipos por otras con calificación mínima A+ o equivalente
- Otros elementos para la mejora Energética.
- Incorporación de elementos para la mejorar, centro y gestión de energía
- Vinilos térmicos en superficies acristaladas en fachada
- Temporizaciones, sensores de iluminación, instalación de grifería con ahorro de agua…
- Automatización cierre puertas
- Sustitución de ventanas escaparates
- Mejoras de aislamiento térmico de cerramientos
- Incorporación de fuentes de energías renovables
Para Galerías comerciales:
- Instalaciones fotovoltaicas, iluminación equipos de climatización ….
- Mejora de la accesibilidad y adaptación a personas con discapacidades.
- Mejora la conectividad en todos los puesto que implanten telepago, pago digital…
- Paneles informativos digitales
- Mejora de la estética que supongan homogenización de una misma galería
- Adaptación a normativa vigentes de sus instalaciones generales
- Gastos de redacción de proyecto y honorarios y otros gastos previos necesarios
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Hasta un máximo de 2.750,00 € por establecimiento.
Si el establecimiento forma parte del programa ECO-COMERIOC/ ECO-HOSTELERÍA ayuda complementaria de 150,00 €
Galerías Comerciales: 50% de los proyectos hasta un máximo de 10.000,00€ por proyecto y Galería.
Hasta agotar fondos.
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, por fecha y hora de entrada de la solicitud.
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
Presupuesto total destinado
La dotación presupuestaria es de 70.000,00 €
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Se considerarán realizadas en el momento de la solicitud.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 30 junio de 2026 a las 23:59h desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de Getafe Iniciativas.
Apertura de presentación de solicitudes el 29/01/2026 y cierre del plazo el 30/06/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Bases reguladoras:https://empresas.getafeiniciativas.es/actualidad/convocatoria-de-ayudas-publicas/bases-reguladoras-para-la-concesion-de-ayudas-para-la-digitalizacion-del-comercio-y-adecuacion-al-reglamento-verifactu-mejora-de-la-eficiencia-energetica-de-locales-comerciales-y-hosteleros-de-getafe-y-acciones-de-mejora-en-galerias-comerciales-para-el/bases-reguladoras-ayudas-a-la-digitalizacion-y-eficiencia-energetica-del-comercio.pdf
Acceso al trámite: https://getafeiniciativas.sedelectronica.es/info.3
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcorcón: Instalaciones de fotovoltaica, sustitución de climatización y ACS por aerotermia y compra vehículo eléctrico

El Ayuntamiento de Alcorcón convoca ayudas a instalaciones de fotovoltaica y sustitución de climatización y ACS por aerotermia en edificios de uso residencial y de equipamiento dotacional y/o deportivo; instalaciones de fotovoltaica de comunidades energéticas locales y compra de vehículo eléctrico para personas físicas, autónomos y microempresas con domicilio social en el municipio de Alcorcón.
Ayuntamiento de Alcorcón. Convocatoria publicada en el BOCM nº 49 (27/02/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 28/02/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
• Personas físicas empadronadas en el municipio de Alcorcón
• Autónomos o personas jurídicas que actúen como microempresas cuya actividad económica esté dada de alta en el municipio de Alcorcón
Dependiendo del tipo de ayuda a solicitar se pedirá otros condicionantes específicos para cada tipo de beneficiario.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Implantación de instalaciones fotovoltaicas en edificios de uso residencial y equipamiento dotacional y/o deportivo que permita un ahorro en la factura energética.
• Implantación de instalaciones fotovoltaicas de comunidades energéticas locales legalmente constituidas.
• Sustitución de equipos convencionales de combustión por otros de aerotermia para la climatización y ACS
• Adquisición de vehículo eléctricos.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Dependiendo del tipo de actuación según Anexo I de la convocatoria:
|
Tipo actuación |
% Ayudas sobre coste |
Cuantía máxima (€) |
|
Fotovoltaica en edificio residencial |
30-35 |
Según tipología vivienda/edificio y potencia |
|
Fotovoltaica en edificio equipamiento dotacional y/o deportivo |
30-35 |
Según potencia instalada |
|
Fotovoltaica en Comunidades energéticas |
40-45 |
Según potencia instalada |
|
Sustitución instalaciones climatización por aerotermia |
40 |
Según potencia instalada |
|
Adquisición vehículos eléctricos |
20-30 (con o sin achatarramiento) |
Según categoría vehículo, tipo beneficiario y compra |
|
Adquisición vehículos dos ruedas eléctricos |
30-50-80 (según costo) |
400 Bicicletas 100 Patinetes |
Hasta agotar fondos.
Concesión de ayudas en régimen de pública concurrencia, por orden de registro.
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
Presupuesto total destinado
La dotación presupuestaria es de 500.000,00 €
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
Las instalaciones deben estar finalizadas entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 julio de 2026
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Tres meses (hasta el 31 octubre de 2026)
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 31 julio de 2026 desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Apertura de presentación de solicitudes el 28/02/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid: https://www.bocm.es/bocm-20260227-45
Bases reguladoras: https://www.pap.hacienda.gob.
Actualidad
Aislamiento Térmico en Rehabilitación

Más de la mitad de las viviendas en España fueron construidas antes de 1980, con un uso mínimo o inexistente de aislamiento térmico, teniendo consecuencias claras en nuestros días: facturas más altas, menor confort interior, corrientes indeseadas, condensaciones superficiales que pueden derivar en patologías como el moho, mayor gasto energético y peores resultados en eficiencia y emisiones. En este escenario hay una pregunta clave ¿Qué medidas se pueden adoptar para reducir el consumo energético de las viviendas? Y la respuesta es inmediata, la rehabilitación mediante aislamiento térmico es la primera iniciativa aconsejable para rehabilitar energéticamente un edificio.
El aislamiento térmico es un material utilizado en construcción con la capacidad de oponerse en mayor o menor medida al paso del calor a través de paredes, techos o suelos, evitando pérdidas de calor cuando el clima externo es frío, y ganancias de calor cuando el exterior alcanza altas temperaturas.
Aislamiento por el interior: técnicas y criterios de aplicación
El aislamiento térmico por el interior es una solución frecuente en edificios donde no es posible actuar en la fachada exterior, ya sea por motivos de protección urbanísticas, criterios estéticos o por motivos de propiedad. En fachadas, las técnicas más empleadas incluyen la instalación de paneles aislantes con trasdosado de cartón-yeso o sistemas autoportantes, que permiten mejorar notablemente el comportamiento térmico sin modificar la apariencia del edificio.
En cubiertas y techos, se suelen aplicar mantas aislantes o paneles rígidos por la cara interior, mientras que en suelos se recurre a soluciones como placas de alta densidad o paneles con sistemas de recrecido ligero. Entre las principales ventajas del aislamiento interior destacan su facilidad de ejecución y un coste inicial, generalmente menor. Sin embargo, presenta limitaciones: reduce ligeramente la superficie útil, puede generar puentes térmicos si no se ejecuta correctamente y requiere especial atención en zonas críticas.
La elección del sistema más adecuado depende en gran medida del tipo de edificio, el estado de la envolvente y las necesidades de uso. En edificios antiguos, por ejemplo, es fundamental garantizar la permeabilidad adecuada al vapor para evitar condensaciones intersticiales.
Aislamiento por el exterior: beneficios y buenas prácticas
El aislamiento por el exterior es, en muchos casos, la solución más eficaz para mejorar el comportamiento térmico sin comprometer habitabilidad ni espacio interior. En fachadas, los sistemas más extendidos son el SATE (Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior) y las fachadas ventiladas, ambos capaces de eliminar puentes térmicos y ofrecer un acabado renovado al edificio.
En cubiertas, las soluciones por el exterior incluyen paneles rígidos de alta resistencia, aplicaciones sobre cubierta inclinada o sistemas de impermeabilización con aislamiento integrado. Para suelos y muros de sótano se emplean paneles aislantes resistentes a la humedad y al contacto con el terreno.
Estas técnicas aportan múltiples beneficios: mejoran la inercia térmica interior, optimizan la continuidad del aislamiento y permiten rehabilitar estéticamente la envolvente. Como inconvenientes, requieren una intervención más compleja y una inversión inicial superior. Para lograr resultados óptimos, es imprescindible coordinar el diseño con el conjunto de la envolvente, asegurar la correcta integración de carpinterías y eliminar puentes térmicos en zonas críticas.
¿Qué beneficios aporta una rehabilitación energética a través del aislamiento térmico?
• Disminución del gasto energético: Un correcto aislamiento térmico impide que el calor se pierda hacia el exterior, reduciendo notablemente las fugas a través de fachadas, cubiertas y suelos. Aunque se disponga de sistemas de calefacción o climatización muy eficientes, si la vivienda no está bien aislada será necesario un mayor consumo energético para alcanzar temperaturas de confort entre 19 °C y 21 °C.
• Menor impacto medioambiental: El uso eficiente de la energía contribuye a disminuir las emisiones de CO₂ y reduce los efectos negativos derivados del consumo excesivo de electricidad y combustibles fósiles sobre el entorno.
• Mayor bienestar en el interior: Mantener una temperatura estable y agradable dentro de la vivienda es clave para garantizar el confort y la calidad de vida de sus ocupantes.
• Reducción de condensaciones superficiales: Los puentes térmicos favorecen la aparición de puntos fríos en el interior de los elementos constructivos, lo que incrementa la probabilidad de condensaciones en la superficie interior debido al mayor flujo térmico en esas áreas.
• Prevención del moho: La presencia de condensaciones superficiales puede generar problemas de salud, ya que facilitan el desarrollo de moho, especialmente cuando la humedad relativa se mantiene por encima del 80 % durante varios días consecutivos.
• Prevención de puentes térmicos: Un buen aislamiento evita zonas del cerramiento donde el calor se transmite con mayor facilidad debido a discontinuidades en el espesor o a cambios de materiales, como ocurre en forjados, pilares, perímetros de ventanas, soleras, cajones de persianas, entre otros.
• Aumento del valor del inmueble: Todas estas mejoras suponen un argumento favorable para incrementar la valoración de la vivienda en el mercado.
Por tanto, un edificio bien aislado consume menos energía pues conserva mejor la temperatura interior y recordemos que el aislamiento no se ve, pero se nota.
Para más información complementaria sobre aislamiento térmico puede consultar la siguiente página web del Observatorio de la Edificación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid – Temas: Aislamiento Térmcio
Escrito por Elena Fernández Colinas, Asesora Técnica Oficina Rehabilitación. Colegio de Aparejadores de Madrid.
AYUDA Y SUBVENCIONES
Ámbito: Estatal
| AYUDA | BENEFICIARIOS | DESCRIPCIÓN | PLAZO | SOLICITUDES |
| MITECO-IEDAE: Redes calor y frío |
Personas jurídicas públicas o privadas. |
Nueva central de generación y nueva red de distribución que utilicen fuentes de energía renovable. |
Del 20/01/2026 al 27/02/2026 | POR EL INTERESADO. RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA SEGÚN CRITERIOS VALORACIÓN CONVOCATORIA. |
| MITECO-IEDAE: Instalaciones renovables innovadoras (MITECO-IDEA) |
Personas jurídicas públicas o privadas, agrupaciones de las anteriores, CC.PP. | - Instalaciones agivoltaicas - Instalaciones fotovoltaicas flotantes - Integración de renovables en infraestructuras - Proyectos de autoconsumo colectivo - Instalaciones de bombas de calor renovables |
Del 14/01/2026 al 19/02/2026 | POR EL INTERESADO. RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA SEGÚN CRITERIOS VALORACIÓN CONVOCATORIA. |
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Torrejón de Ardoz: Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día 2026

Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Convocatoria publicada en el BOCM nº 36 (12/02/2026)
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz convoca subvenciones para la realización de actuaciones vinculadas al programa municipal “mejoramos tu entorno. mejoramos tu bienestar”, para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día. Estas ayudas están dirigidas a la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas ubicadas en la ciudad de Torrejón de Ardoz, donde residan de manera habitual y permanente usuarios de centro de día para la mejora su autonomía, con el fin de facilitar la movilidad interior, aumentar la seguridad doméstica y eficiencia energética.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarios aquellos que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas físicas con residencia habitual en Torrejón de Ardoz, en la vivienda objeto de subvención y empadronada al menos con una antelación de tres meses a la solicitud o a la fecha de facturas de las actuaciones
- Usuario de centro de días de proximidad.
- Propietario, arrendatario, usufructuario o cualquier título jurídico análogo o formar parte de la unidad familiar de quien posea la tenencia de la vivienda
¿Qué actuaciones se subvencionan?
- Instalación de placas solares y acumuladores de energía
- Rampas de acceso, plataformas elevadoras, salva-escaleras u otros dispositivos de mejora de accesibilidad.
- Instalación de barras abatibles, asideros de apoyo, regulación de altura de sanitarios, grúas, camillas con regulación eléctrica, adaptación de baños, y otras instalaciones de elementos u obras que favorezcan la accesibilidad y autonomía interior de la vivienda.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
- 79% del coste de la actuación (no se subvenciona el IVA), hasta un máximo de 13.000,00 € por solicitud.
- Hasta agotar fondos.
- Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
- Las subvenciones son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
- Se podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, evitando la doble financiación entre programas.
- En caso de ser concesionario de otras convocatorias de “mejoramos tu entorno, mejoramos tu bienestar”, la cuantía a conceder no superará 15.000 € con la suma de todas ella.
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Desde el 1/01/2026 hasta el 15/05/2026
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 17 de abril de 2026.
Apertura de presentación de solicitudes el 13/02//2026 y cierre del plazo el 17/04/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid https://www.bocm.es/bocm-20260212-73