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Así son las ayudas a la rehabilitación de vivienda que se mantendrán hasta 2024.

07/10/2023
Edificio rehabilitado

Los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones en IRPF de hasta el 60% por los importes satisfechos hasta el 31 de diciembre de 2024 por obras de rehabilitación de vivienda habitual o de eficiencia energética.

Los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones en IRPF de hasta el 60%.

La Comisión Europea ha aprobado la ampliación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La medida incluye una ampliación de las ayudas para reformas individuales de viviendas hasta finales de 2024, un año más de lo previsto. Los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones en IRPF de hasta el 60% por los importes satisfechos, desde el pasado 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 por obras de rehabilitación de vivienda habitual o de mejora de la eficiencia energética de viviendas.

Francisco Borrego Gil, jefe de sección del área fiscal de Gefiscal ETL Global, analiza las deducciones en IRPF a las que podrán optar los contribuyentes.

Deducción por rehabilitación en vivienda habitual en IRPF del 20%. Los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley 19/2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 por las obras realizadas durante dicho período para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de su vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler. Ello siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024. La reducción de demanda de calefacción o refrigeración debe ser de al menos un 7%, expedido por técnico competente, después de realizar las obras, respecto del expedido antes del inicio de las mismas.

La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras. Cuando el certificado se expida en un período impositivo posterior a aquél en el que se abonaron cantidades por tales obras, la deducción se practicará en este último, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, hasta el 31 de diciembre de dicho período impositivo. En todo caso, dicho certificado deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025. La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros anuales.

Deducción por rehabilitación en vivienda habitual en IRPF del 40%. Los contribuyentes podrán deducirse el 40% de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del real decreto hasta el 31 de diciembre de 2024 por las obras realizadas durante dicho período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de su vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2025.

Fuente: https://www.expansion.com/fiscal/2023/10/07/65205b28468aeb57438b4578.html

 

07/10/2023
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