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Pasaporte de renovación y equivalencias con el LEEX

Siguiendo con las publicaciones sobre el futuro de la eficiencia energética, cambios y modificaciones que tenemos que tener en cuenta, en esta publicación vamos a hablar de una de las innovaciones más destacadas de la Directiva es la creación del pasaporte de renovación, una herramienta que permite a los propietarios planificar mejoras energéticas a largo plazo.
El fin del pasaporte es planificar por etapas y cuantificar, todas las posibles mejoras que se puedan llevar a cabo en un edificio existente, para transformar el inmueble en un edificio de cero emisiones antes de 2050.
El pasaporte de renovación de edificios surge en la Directiva Europea 2023/1275 de la eficiencia de los edificios, como propuesta para motivar la renovación energética del parque inmobiliario existente.
Inicialmente, se propone como un documento voluntario, que debería estar implantado por las instituciones el 26 de mayo de 2026.
El fin del pasaporte es planificar por etapas y cuantificar, todas las posibles mejoras que se puedan llevar a cabo en un edificio existente, para transformar el inmueble en un edificio de cero emisiones antes de 2050. Se trata de organizar una renovación en profundidad y priorizar unas actuaciones sobre otras. Esta planificación, debe ser minuciosa en cuanto al proceso de ejecución para poder realizar esa importarte renovación evitando, en la medida de lo posible, molestias para los usuarios y permitir que puedan seguir utilizando el edificio; evitar que unas actuaciones interfieran con otras y por un análisis exhaustivo de los costes, para poder abordar los pagos sin que la rehabilitación planteada suponga una carga desproporcionada para los propietarios.
El objetivo de partida del documento serán las mejoras en materia energética, pero podrán incluirse propuestas en campos como, seguridad contra incendios, la eliminación de sustancias peligrosas como amianto o plomo, y la accesibilidad para las personas con discapacidad.
Con este documento, los usuarios estarían informados del potencial (sobre todo energético) de sus edificios y conocerían cuales son las actuaciones necesarias para que los edificios existentes en los que habitan, pudieran llegar a estar muy cerca de cumplir con las exigencias de una construcción nueva, tanto en edificio de consumo casi nulo, como en cumplimiento de la normativa en vigor como el CTE.
¿Quién lo redacta?
El pasaporte de renovación lo expedirá, tras una o varias visitas in situ, un experto cualificado o certificado. Los expertos deberán estar certificados, de conformidad con el artículo 28 de la Directiva (UE) 2023/1791, teniendo en cuenta su competencia.
El pasaporte de renovación se podrá expedir de forma conjunta con el CEE, y es recomendable que lo redacte el mismo técnico, ya que es el punto de partida para el análisis del estado energético del edificio.
Es aconsejable disponer de un técnico de cabecera en el edificio para que estudie, evalue y redacte todos aquellos documentos que se precisen para la realización de una rehabilitación en nuestro inmueble.
El CEE, el LEEx y el pasaporte de renovación
Con esta nueva herramienta, se da continuidad a los recursos ya existentes; el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) de expedición obligatoria en determinados casos (regulado según RD 390/2021) y al Libro del Edificio Existente (LEEx) cuya obtención es voluntaria (según RD 853/2021).
El nuevo documento podrá sustituir las recomendaciones del CEE para mejorar de manera rentable la eficiencia energética. No obstante, será posible como hasta ahora, obtener un CEE sin necesidad de disponer del pasaporte de renovación, mientras tenga carater voluntario
Equivalencias con el LEEX
El pasaporte presenta algunas diferencias (Bloque I) pero también algunas similitudes (Bloque II) con el Libro del Edificio Existente (LEEx).
El LEEx (según RD 853/2021) en su bloque I, dedicado al estado actual del edificio y sus actuaciones pasadas, debe recoger el historial de inspecciones realizadas (especialmente ITE e IEE), incidencias técnicas, así como todas las labores de mantenimiento o reforma anteriores y futuras, empresas intervinientes, etc, y todas las características técnicas relevantes, para que los usuarios conozcan su edificio, ya que muchos de ellos, debido al año de construcción, no disponen de documentación anterior con esa información técnica.
El pasaporte de renovación tiene similitudes con el LEEX ya que, en el bloque II de “potencial de mejora”, se deben proponer mejoras en diferentes escalas de ahorro energético (30% 45% y 60%), además de incluirse actuaciones prioritarias en materia de mantenimiento, accesibilidad y resto de cumplimientos del CTE como puede ser el DB SI (contraincendios).
Por tanto, si se dispone de LEEX, el técnico podrá basar la redacción del pasaporte de renovación en el bloque II, priorizando la mejora energética para poder optar a futuras subvenciones y financiaciones para las obras y completando el bloque de potencial de mejora, analizando minuciosamente la planificación y priorización de las actuaciones que se hubieran indicado o reajustándolas.
Si no se dispone de ese Libro del Edificio Existente, es un buen momento para que los técnicos redacten el pasaporte de renovación, e informen a los usuarios de todas las posibilidades de mejora en materia energética que tiene su edificio, estaremos pendientes de la adaptación de este documento a nuestra normativa, es época de cambios.